Islas de Robinson propone un recorrido musical desde los 60 hasta nuestros días.
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3. Consejos si te detiene la policía
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En el podcast de hoy, os traigo unos consejos que debes saber en el caso de que seas detenido por la policía y lo primero que os voy a explicar, son los tres momentos o las tres causas por las que nos pueden detener: A.- RETENIDO PARA IDENTIFICACIÓN Si te detienen para identificarte, en principio sólo pueden limitar tu libertad de movimientos, pero no pueden quitarte nada. No pueden hacer que declares y la retención debe durar “el tiempo mínimo imprescindible”. Por ejemplo, están haciendo una redada buscando a algún delincuente y tú al estar por el lugar de los hechos, te pueden parar para que te identifiques, es decir, para que les enseñes el DNI y comprueben tu identidad, por lo que, por esta acción te deben retener el tiempo imprescindible y necesario para llevar a cabo esta identificación, si todo esta correcto te deben dejar marchar. Si por el contrario, encontrasen motivos para retenerte durante más tiempo, ya pasarías a la condición de detenido que explico a continuación B.- DETENIDO Cuando estás retenido en calidad de “detenido”, la duración de la detención desde que se te detiene hasta que se te lleve a presencia judicial no pueden pasar más de 72 horas, en ese tiempo tienes los siguientes derechos: ante todo, tienes derecho a negarte a declarar o puedes mentir en tu declaración; también debes tener claro que cualquier cosa que digas puede ser utilizado por la policía para inculparte y en tu contra. Si te ha detenido suceda lo que suceda en comisaría, es decir, declares o no declares, tienes que pasar a disposición judicial, ya que es el Juez el que va a decidir sobre tu situación personal, es decir, es el que decide si te deja en libertad con cargos o si pide tu ingreso en prisión, por lo que, en todo caso, lo mejor es no declarar. Como detenido tienes tienes derecho a que tu detención sea comunicada por la policía a quien tu le digas; a designar un abogado privado o recibir uno de oficio (que no en todos los casos significa que vaya a ser gratis, pero eso ya será motivo de otro artículo), a recibir comida, bebida y unas condiciones de higiene mínimas, a un intérprete, si eres extranjero y a ser visto por un médico si fuera necesario. Si decides declarar, tienes derecho a leer tu declaración y pedir las modificaciones que estimes oportunas y que no se hayan ajustado con lo que tu hayas manifestado y a estar asesorado por un abogado antes de declarar mediante una previa entrevista privada y reservada. C.- DETENIDO EN INCOMUNICACIÓN (Ley Antiterrorista): Hasta 5 días de arresto hasta la puesta a disposición de la Audiencia Nacional. Habiendo explicado las situaciones en las que puedes encontrarte, paso a comentarte lo que deberías hacer en caso de que seas detenido y llevado a comisaría. 1.- MANTENER LA CALMA Estar tranquilo y colaborar en todo momento con la Policía es lo primero que debéis hacer, ello os facilitará mucho toda la comunicación y trato con la policía. Tenéis que tener muy claro, que en ningún caso existe una situación de igualdad entre tú como detenido y ellos, es decir, en caso de duda siempre, y digo SIEMPRE, creerán más la versión de un policía que la tuya, ya que la veracidad de ellos se presume, la tuya no. Dicho lo cual, hay que poner de manifiesto que en toda detención la policía juega con ventaja, ya que entran en juego factores como la intimidación, el desconocimiento de las leyes y del funcionamiento de la detención, así como tu propio miedo, para usarlos en tu contra. Por eso, es tan importante mantener la calma en todo momento. El único deber que tienes como detenido es mostrar tu D.N.I, para que puedan consultar tu filiiación, de ahí también la importancia de llevar siempre el D.N.I, porque en el caso que no lo lleves encima te pueden retener. Desde el momento en que te pare un policía tienes una serie de derechos que debes conocer para poder ejercitar. Tienes derecho a ser informado de lo que se te acusa, o como mínimo deberían informarte de si vas como retenido para identificación, detenido o detenido en incomunicación, a que el policía que te detiene o identifica muestre su número de placa y a no ser esposado si no has intentado huir y te comprometes a no hacer ni resistir a la autoridad. Este primer consejo, aunque parece obvio y lógico, no lo es tanto cuando sufres una detención, pero es fundamental, porque de ahí deriva situaciones desagradables una vez que estás en comisaría. Las Fuerzas de Seguridad del Estado una vez que te detienen y vas a Comisaría, son casi omnipotentes por lo que perder los nervios o las formas, te puede perjudicar mucho delante de ellos, aunque con esto no quiero decir que no debas estar pendiente de todo lo que ocurre a tu alrededor por si su comportamiento no es el adecuado y tuvieras que denunciarlo. Debes tener en consideración que el que realmente va a decidir tu situación como detenido va a ser el Juez, en base a lo que declares tanto en sede policial como en sede judicial, ya que será el Juez el que decidirá sobre tu situación personal. En toda detención la policía juega con la intimidación, el desconocimiento y el miedo para usarlos en tu contra. Por eso, debes mantener la calma. El único deber que tienes como detenido es el de dar tu nombre, fecha de nacimiento y dirección (es decir, llevar el D.N.I.). 2.- NUNCA DECLARAR EN COMISARIA Este consejo, es el más importante para una eficaz defensa, ya que lo más conveniente y aconsejable es que tengas una entrevista privada con tu letrado antes de que vayas a declarar, ya que esto te ayudará a la hora de poder ejercer el derecho a tu defensa. El desconocimiento, muchas veces te puede llevar a pensar que el hecho de no declarar pueda llegar a ser perjudicial para ti, y nada más lejos de la realidad, si no has dicho nada, nada te puede perjudicar, y también te quitas toda la presión que la policía puede llegar a hacer sobre ti, con preguntas molestas o quizás que no sepas que contestar o simplemente que por desinformación contestes de una manera inadecuada. Por lo que, antes de declarar, siempre es recomendable haber tenido una entrevista privada con tu abogado (privado o de oficio) que te habrá asesorado correctamente sobre los términos de la declaración de una manera adecuada y estudiada, lo que implicará una mejor defensa. 3.- COLABORAR Y SER PROACTIVO CON LA POLICÍA Si tu colaboras tanto en la detención, como en facilitar la información que te pidan en relación a tu filiación, es decir, nombre, apellidos, tu dirección, nombre de tus padres, profesión, teléfono, así como sigues las indicaciones que te vayan haciendo de gestión administrativa, es decir, todo lo que implique burocracia, de esta manera estarás creando un clima positivo y colaborativo, con lo que conseguirás un mejor trato del policía hacia ti. Sin embargo, si muestras una actitud chulesca, prepotente, e incluso insultante, lo único que podrás conseguir es que utilicen todas “sus armas” para hacerte la vida imposible, y puedo asegurarte que son muchas, e incluso puedes llegar a cometer el delito de atentado a la autoridad, de resistencia o desobediencia, (preceptuados en el art. 550 y siguientes del Código Penal ) muy habitual en los casos en los que el detenido ha mostrado esta actitud y que se le sumaría al delito por el que se le haya detenido. Bueno y hasta aquí el artículo de hoy con el cual espero que os haya ayudado a tener más conocimientos sobre vuestros derechos en la detención y sobre la forma de actuar y recordaros que si algún día necesitaseis asistencia al detenido, Asesoría Agemfis os podrá asistir en cualquier Comisaría y Juzgado de la Comunidad de Madrid ya que contamos con el servicio de asistencia al detenido. Arreglo musical: Tony Marín
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Si por el contrario, encontrasen motivos para retenerte durante más tiempo, ya pasarías a la condición de detenido que explico a continuación B.- DETENIDO Cuando estás retenido en calidad de “detenido”, la duración de la detención desde que se te detiene hasta que se te lleve a presencia judicial no pueden pasar más de 72 horas, en ese tiempo tienes los siguientes derechos: ante todo, tienes derecho a negarte a declarar o puedes mentir en tu declaración; también debes tener claro que cualquier cosa que digas puede ser utilizado por la policía para inculparte y en tu contra. Si te ha detenido suceda lo que suceda en comisaría, es decir, declares o no declares, tienes que pasar a disposición judicial, ya que es el Juez el que va a decidir sobre tu situación personal, es decir, es el que decide si te deja en libertad con cargos o si pide tu ingreso en prisión, por lo que, en todo caso, lo mejor es no declarar. Como detenido tienes tienes derecho a que tu detención sea comunicada por la policía a quien tu le digas; a designar un abogado privado o recibir uno de oficio (que no en todos los casos significa que vaya a ser gratis, pero eso ya será motivo de otro artículo), a recibir comida, bebida y unas condiciones de higiene mínimas, a un intérprete, si eres extranjero y a ser visto por un médico si fuera necesario. Si decides declarar, tienes derecho a leer tu declaración y pedir las modificaciones que estimes oportunas y que no se hayan ajustado con lo que tu hayas manifestado y a estar asesorado por un abogado antes de declarar mediante una previa entrevista privada y reservada. C.- DETENIDO EN INCOMUNICACIÓN (Ley Antiterrorista): Hasta 5 días de arresto hasta la puesta a disposición de la Audiencia Nacional. Habiendo explicado las situaciones en las que puedes encontrarte, paso a comentarte lo que deberías hacer en caso de que seas detenido y llevado a comisaría. 1.- MANTENER LA CALMA Estar tranquilo y colaborar en todo momento con la Policía es lo primero que debéis hacer, ello os facilitará mucho toda la comunicación y trato con la policía. Tenéis que tener muy claro, que en ningún caso existe una situación de igualdad entre tú como detenido y ellos, es decir, en caso de duda siempre, y digo SIEMPRE, creerán más la versión de un policía que la tuya, ya que la veracidad de ellos se presume, la tuya no. Dicho lo cual, hay que poner de manifiesto que en toda detención la policía juega con ventaja, ya que entran en juego factores como la intimidación, el desconocimiento de las leyes y del funcionamiento de la detención, así como tu propio miedo, para usarlos en tu contra. Por eso, es tan importante mantener la calma en todo momento. El único deber que tienes como detenido es mostrar tu D.N.I, para que puedan consultar tu filiiación, de ahí también la importancia de llevar siempre el D.N.I, porque en el caso que no lo lleves encima te pueden retener. Desde el momento en que te pare un policía tienes una serie de derechos que debes conocer para poder ejercitar. Tienes derecho a ser informado de lo que se te acusa, o como mínimo deberían informarte de si vas como retenido para identificación, detenido o detenido en incomunicación, a que el policía que te detiene o identifica muestre su número de placa y a no ser esposado si no has intentado huir y te comprometes a no hacer ni resistir a la autoridad. Este primer consejo, aunque parece obvio y lógico, no lo es tanto cuando sufres una detención, pero es fundamental, porque de ahí deriva situaciones desagradables una vez que estás en comisaría. Las Fuerzas de Seguridad del Estado una vez que te detienen y vas a Comisaría, son casi omnipotentes por lo que perder los nervios o las formas, te puede perjudicar mucho delante de ellos, aunque con esto no quiero decir que no debas estar pendiente de todo lo que ocurre a tu alrededor por si su comportamiento no es el adecuado y tuvieras que denunciarlo. Debes tener en consideración que el que realmente va a decidir tu situación como detenido va a ser el Juez, en base a lo que declares tanto en sede policial como en sede judicial, ya que será el Juez el que decidirá sobre tu situación personal. En toda detención la policía juega con la intimidación, el desconocimiento y el miedo para usarlos en tu contra. Por eso, debes mantener la calma. El único deber que tienes como detenido es el de dar tu nombre, fecha de nacimiento y dirección (es decir, llevar el D.N.I.). 2.- NUNCA DECLARAR EN COMISARIA Este consejo, es el más importante para una eficaz defensa, ya que lo más conveniente y aconsejable es que tengas una entrevista privada con tu letrado antes de que vayas a declarar, ya que esto te ayudará a la hora de poder ejercer el derecho a tu defensa. El desconocimiento, muchas veces te puede llevar a pensar que el hecho de no declarar pueda llegar a ser perjudicial para ti, y nada más lejos de la realidad, si no has dicho nada, nada te puede perjudicar, y también te quitas toda la presión que la policía puede llegar a hacer sobre ti, con preguntas molestas o quizás que no sepas que contestar o simplemente que por desinformación contestes de una manera inadecuada. Por lo que, antes de declarar, siempre es recomendable haber tenido una entrevista privada con tu abogado (privado o de oficio) que te habrá asesorado correctamente sobre los términos de la declaración de una manera adecuada y estudiada, lo que implicará una mejor defensa. 3.- COLABORAR Y SER PROACTIVO CON LA POLICÍA Si tu colaboras tanto en la detención, como en facilitar la información que te pidan en relación a tu filiación, es decir, nombre, apellidos, tu dirección, nombre de tus padres, profesión, teléfono, así como sigues las indicaciones que te vayan haciendo de gestión administrativa, es decir, todo lo que implique burocracia, de esta manera estarás creando un clima positivo y colaborativo, con lo que conseguirás un mejor trato del policía hacia ti. Sin embargo, si muestras una actitud chulesca, prepotente, e incluso insultante, lo único que podrás conseguir es que utilicen todas “sus armas” para hacerte la vida imposible, y puedo asegurarte que son muchas, e incluso puedes llegar a cometer el delito de atentado a la autoridad, de resistencia o desobediencia, (preceptuados en el art. 550 y siguientes del Código Penal ) muy habitual en los casos en los que el detenido ha mostrado esta actitud y que se le sumaría al delito por el que se le haya detenido. Bueno y hasta aquí el artículo de hoy con el cual espero que os haya ayudado a tener más conocimientos sobre vuestros derechos en la detención y sobre la forma de actuar y recordaros que si algún día necesitaseis asistencia al detenido, Asesoría Agemfis os podrá asistir en cualquier Comisaría y Juzgado de la Comunidad de Madrid ya que contamos con el servicio de asistencia al detenido. Arreglo musical: Tony Marín
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